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Medioambiente

Uso del suelo y crecimiento urbano condicionan aprovechamiento de residuos sólidos en San Cristóbal

    Según el reporte del Relleno Sanitario Doña Juana, en 2022 se generaron en esta localidad 89.095,851 toneladas de residuos ordinarios no aprovechables que generan un gran impacto ambiental. La no separación de residuos, la falta de microrrutas de recolección selectiva de basuras y el esquema operativo de los recicladores son factores de riesgo identificados que influyen en que no se realice un debido aprovechamiento en esta zona.

    Estos desechos, al ser acumulados en el relleno sanitario, generan la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) y lixiviados que pueden contaminar el suelo y las fuentes de agua cercanas. Así mismo, la disposición inadecuada de estos puede favorecer la proliferación de plagas y vectores de enfermedades, lo que representa un riesgo para la salud pública.

    El administrador ambiental William Hernando Vargas Buitrago, estudiante de la Maestría en Gobierno Urbano del Instituto de Estudios Urbanos (IEU) de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) Sede Bogotá, señala que “aunque se estima que el relleno sanitario puede funcionar hasta 2030, desde ya se está evidenciando su poca disponibilidad para almacenar desechos. Por eso se debe pensar en una nueva forma de manejar los residuos sólidos que vaya más allá del relleno sanitario”.

    Como parte de su investigación, el estudiante identificó factores urbanísticos críticos que permitirían localizar la infraestructura necesaria para el aprovechamiento de los residuos.

    “El uso del suelo, las actividades permitidas, la composición topográfica y el tratamiento urbanístico son elementos que requieren revisión en detalle si se busca avanzar en la consolidación de la economía circular, que busca reducir la generación de residuos a través de su aprovechamiento”, señaló el experto.

    Aprovechamiento de los residuos

    La localidad de San Cristóbal tiene 1.648 hectáreas de suelo urbano, 3.262 de suelo rural y alrededor de 401.000 habitantes distribuidos en cinco Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ): San Blas, La Gloria, Los Libertadores, Veinte de Julio y el Sosiego; el estudio reveló que allí el aprovechamiento de los residuos sólidos está condicionado por los usos del suelo y el tratamiento urbanístico.

    En los barrios 20 de Julio y La Victoria, que tienen un uso predominantemente comercial y un tratamiento urbanístico más consolidado, se facilita la recolección y separación de los diferentes tipos de residuos sólidos –incluyendo los orgánicos, ordinarios no aprovechables y aprovechables–, ya que en estos sectores se concentran las Estaciones de Clasificación y Almacenamiento (ECAS), las bodegas de reciclaje, los cuartos de almacenamiento de residuos (shut de basura), los contenedores y cestas públicas.

    Por el contrario, en los sectores con pendientes altas –como en Moralba, Ramajal y Los Libertadores– esta infraestructura es escasa.

    “En el estudio encontramos que no hay una distribución homogénea de la infraestructura necesaria determinada por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), como contenedores o cuartos de basura, ya que su ubicación se ha centrado especialmente en zonas planas con tratamiento urbanístico consolidado”, explica el investigador.

    Al recorrer cada una de las UPZ, se identificó que las áreas más complejas y de difícil acceso presentan escasa o nula infraestructura para la disposición de los residuos aprovechables debidamente separados, y por lo tanto los residuos sólidos se disponen en el espacio público sin la debida separación.

    “Como resultado, es usual encontrar residuos sólidos dispersos, por la falta de separación de estos, ya que los recicladores informales rompen las bolsas para buscar material aprovechable”, subraya.

    Según el estudio, la ubicación de las bodegas de reciclaje y las ECAS son otro factor crítico, pues la mayoría están en los barrios El Sosiego y 20 de Julio, y la única bodega que se encuentra en La Gloria no se puede ubicar en esa zona por las restricciones definidas en el Decreto 555 de 2021, que establece que “dentro de las áreas de actividad de proximidad no se pueden ubicar bodegas de reciclaje”.

    “Para tal fin, la Resolución 232 de 2022 establece que las bodegas tienen un tiempo de transición de dos años para cumplir con los requisitos establecidos por el POT”, comenta el magíster.

    Estas infraestructuras se establecen por medidas del mercado de los residuos, que por encima de la normatividad del POT, es muy importante porque se desencadenan afectaciones en la recolección de los residuos aprovechables, incluso para los recicladores, porque ahora deben someterse a un mayor desplazamiento para comercializar los residuos.

    Además del trabajo de campo para identificar los factores críticos, en el estudio se hizo una revisión del POT, del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos y fuentes en la Secretaría Distrital de Planeación, Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, Infraestructura de Datos Espaciales del Distrito Capital, Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, Sistema para la Gestión del Servicio de Aseo de Bogotá, y Datos Abiertos Bogotá, plataformas en las cuales se encuentra información sobre la gestión de los residuos sólidos en la ciudad.

    Al conocer estos factores críticos, el experto hace énfasis en que “es esencial que dentro de las políticas públicas de la ciudad se plantee una homogeneización en la ubicación de estas infraestructuras de una manera estratégica”.