¿Puede el Estado asumir el control de las cárceles y acabar con la crisis penitenciaria en Colombia?
Colombia cuenta con 104.191 personas privadas de la libertad cuando solo hay disponibles 82.052 cupos, es decir que hay una sobreocupación de 22.139 personas, lo que se traduce en un hacinamiento de más del 20 % en los 125 establecimientos carcelarios del país.
Las personas están condenadas por diferentes delitos, siendo el homicidio y el hurto los más cometidos, seguidos de fabricación, tráfico y porte ilegal de armas, concierto para delinquir y actos sexuales indebidos con menor de 14 años.
Según la investigadora Yesenia Donoso Herrera, estudiante de la Maestría en Gobierno Urbano, del Instituto de Estudios Urbanos (IEU) de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) Sede Bogotá, “el país tiene cárceles en los municipios que están prácticamente vacías y que se pueden aprovechar para reducir el hacinamiento”.
Esto implicaría eliminar la responsabilidad de los municipios, que a menudo carecen de los recursos necesarios y de influencia en las decisiones del sistema. Así el Estado sería el único encargado de la infraestructura, el financiamiento y la logística de las prisiones, aliviando a los municipios de una carga que no pueden sostener.
Según la investigadora, la unificación del sistema permitiría una distribución más equitativa de los recursos, facilitando el desarrollo de políticas más coherentes y adecuadas.
“Aunque la Constitución de 1991 representó un avance en términos de derechos y garantías para los ciudadanos, el problema carcelario persiste. La propuesta de recentralización podría mejorar las condiciones de los reclusos, permitiendo una gestión más eficiente y una mayor capacidad de respuesta ante las necesidades de rehabilitación y reintegración social”, menciona.
En la investigación se realiza un análisis documental que incluyó textos históricos, doctrina, jurisprudencia, contratos, publicaciones de prensa, documentos digitales e informes institucionales. En ella identificaron varios factores que influirían en esta situación.
Con respecto a la evolución histórica de la prisión en Colombia, la investigadora encontró quela privación de libertad como pena surgió en 1836, inspirada en el modelo europeo. Antes de ese año las penas aplicadas eran diversas y no incluían la reclusión como castigo formal; en su lugar, se aplicaban sanciones como el destierro o, en casos graves, la pena de muerte.
La introducción de la prisión como sanción planteó numerosos problemas logísticos y financieros. “Mantener las cárceles representa un costo significativo para el Estado, un gasto que hoy sigue pesando en el presupuesto público y que afecta la sostenibilidad del sistema carcelario”, afirma la estudiante.
En relación con la descentralización y la relación de sujeción especial, ella identificó que con la Constitución de 1991 se dio paso a un modelo en el que los municipios y departamentos también son responsables del financiamiento y mantenimiento de los reclusos. No obstante, los costos asociados con el sistema carcelario representan una carga financiera considerable para estas entidades locales, lo cual contribuye al deterioro de las condiciones de vida en las cárceles.
En este contexto, la Corte Constitucional ha destacado el concepto de “relación de especial sujeción”, un término que indica que las personas privadas de libertad están bajo la total tutela del Estado, dado que dependen completamente de él.
Para entender mejor el funcionamiento del sistema penitenciario, la estudiante estableció una distinción fundamental: las cárceles son instalaciones en las que se encuentran personas en proceso judicial, aún sin condena, mientras que las penitenciarías están destinadas a individuos que ya han sido sentenciados.
Destaca que “esta diferenciación resalta la dificultad del sistema para manejar el hacinamiento y las necesidades de estas poblaciones, especialmente en las cárceles, donde los internos pueden pasar años en espera de juicio”.
Según la investigadora, “a pesar de los cambios políticos y sociales, la creación de un sistema adaptado a las necesidades modernas no ha sido prioritario en Colombia, donde se mantiene un modelo de gestión carcelaria rígido y desactualizado”.
La descentralización ha asignado la responsabilidad del cuidado de las personas sindicadas (aquellas que aún no han sido condenadas) a los municipios, mientras que el Estado se encarga de los condenados y de las penitenciarías.
Este modelo ha llevado a conflictos entre las distintas instancias gubernamentales sobre quién debe cubrir los gastos de los internos y cómo se deben gestionar las instalaciones. Dicho problema es especialmente visible en ciudades como Bogotá, que enfrenta una sobrecarga de reclusos debido a que muchos internos de otras regiones solicitan traslado a la capital en busca de mejores condiciones.
Así mismo, el sistema enfrenta desafíos derivados de la fragmentación en la toma de decisiones. Los jueces tienen la autoridad para determinar quién va a prisión, mientras que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y el Ministerio de Justicia son los encargados de gestionar las instalaciones penitenciarias. Además, aunque los municipios financian el cuidado de los sindicados, no participan en los Consejos de Política Criminal, lo cual limita su capacidad para influir en la toma de decisiones sobre la administración carcelaria en sus territorios.
En el caso de Bogotá, la capital recibe un flujo constante de internos provenientes de otras regiones, lo cual agrava los problemas de hacinamiento y aumenta la presión sobre los recursos municipales. A esta situación se añade la falta de claridad sobre la jurisdicción en ciertos delitos nacionales, como el narcotráfico, lo que obliga a la administración distrital a asumir los costos de reclusos capturados en su territorio, aunque el delito tenga origen en otras áreas.