Educación
Acciones positivas salvaguardan derechos de las minorías
Como un mecanismo que ha permitido proteger derechos fundamentales de comunidades históricamente excluidas fueron consideradas las acciones positivas tras investigación de la UN en Medellín.
Medellín, 24 de mayo de 2011 — Agencia de Noticias UN -Gerardo Durango Álvarez, director del Departamento de Ciencias Políticas de la UN en Medellín, presentó su último libro, Incorporación, inclusión y desarrollo de las acciones positivas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana, obra que se produce tras la investigación Inclusión, evolución y desarrollo de las acciones positivas, finalizada a principios del 2010 por el Grupo Derechos Fundamentales y Teoría Política, la cual se propuso revisar las legislaciones española y colombiana para el análisis de estas acciones en el contexto nacional.
Este término se entiende como el mecanismo compensador y reparador de grupos en condiciones de desventaja debido a una exclusión histórica, social y/o cultural.
“Queríamos hacer un estudio teniendo en cuenta el modelo español en el tema, porque ello nos permitía entender el concepto, análisis y desarrollo que el tribunal constitucional de ese país venía realizando con las acciones positivas. En ese sentido queríamos ver cómo una institución, un organismo como la Corte Constitucional, equipaba en derecho a estos grupos excluidos”, explicó el profesor, quien además es el director del grupo investigador.
Conclusiones
Uno de los logros que destaca Durango Álvarez es la consolidación del concepto “acciones positivas”, en reemplazo del equivocado término “discriminación inversa”, para llamar a los mecanismos de protección que buscan el desarrollo equitativo de los pueblos en condiciones de vulnerabilidad.
“Gracias a estas acciones hoy podemos decir que la Corte Constitucional colombiana, Tribunal Constitucional en el caso español, ha protegido derechos fundamentales de grupos que estaban excluidos y se han logrado avances en el campo internacional”, dijo el académico, pues cuando fallan las instancias internas de protección están las externas.
“Lo que continuamente hace la Corte Interamericana de Derechos Humanos es recomendar a los estados que introduzcan estos elementos para proteger grupos desfavorecidos. Gracias a ello tenemos, en el caso de las mujeres, convenciones muy importantes como la Comisión para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”, concluyó Durango Álvarez.
Sin embargo, el estudio también permitió vislumbrar que en Colombia la Ley de Cuotas debe revisarse y garantizar una mayor participación de las mujeres, indígenas y comunidades afrodescendientes.
(Por: Fin/lsb/lmp/lrc)N.° 978